Decisión de la instancia de la Cámara de Diputados ratifica la argumentación del ministro Prokurica y subsecretario Irarrázabal sobre los vicios de constitucionalidad que tiene la iniciativa.
Tras una larga discusión en la que se escucharon posturas de los profesores de Derecho Constitucional como Jorge Correa Sutil, Arturo Fernandois y Jaime Bassa, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados votó hoy el informe que declara inconstitucional la iniciativa que buscaba expropiar el litio.
La instancia legislativa estaba encomendada por la sala de la Cámara de Diputados para emitir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del proyecto de Ley que “declara Interés Nacional la Explotación y Comercialización del litio”, situación que fue resuelta este lunes.
En esta oportunidad y por 7 votos contra 5, se declaró “inconstitucional y expropiatorio” el artículo 2 del Proyecto de Ley. En tanto, el artículo 1 terminó con un empate sobre la declaración del litio como interés nacional.
Al respecto, el ministro de Minería, Baldo Prokurica, explicó que “se ha declarado inconstitucional el artículo segundo que declaraba de interés nacional los Contratos Especiales de Operación de Litio (CEOL)”, además agregó que “el único contrato especial de operación de litio que existe es el que posee Codelco. A veces se confunde con los contratos que tiene Corfo con SQM o Albemarle, que no son contratos especiales de operación de litio, sino que son contratos de arriendos”.
El titular de la Cartera al final de la sesión añadió que “este es el camino que tenemos que ir haciendo. Los parlamentarios han expresado su opinión, nosotros éramos partidarios que ambos artículos eran inconstitucionales, y se ha tomado este camino que yo espero sea ratificado también por la Sala de la Cámara”.
Por su parte, el subsecretario Ricardo Irarrázabal manifestó que “el artículo primero resulta meramente declarativo, y el artículo segundo es inconstitucional, lo que constituye un antecedente muy importante porque es precisamente la Comisión de Constitución la llamada a evaluar la constitucionalidad de los proyectos de ley y las mociones”.
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